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11/2/10 hora vzlana 6:08 pm., Hoy veremos los sujetos activos y pasivos tanto del INFANTICIDIO como del ABANDONO DE MENORES.
1, INFANTICIDIO.
El sujeto activo del infanticidio es la propia madre o alguno de sus parientes.
Conforme a la Legislación Penal Venezolana, la persona causante de la muerte que no esté tipificada en la enumeración que hace el Código Penal, responden por Homicidio Intencional, Simple, Calificado o Agravado, según sea el caso. Los que participen y que no estén señalados en la legislación serán COAUTORES o COMPLICES DE INFANTICIDIO. por no concurrir en ello, el móvil necesario de SALVAR SU PROPIO HONOR O LA HONRA DE SU PARIENTE.
El único sujeto pasivo que existe es el niño RECIEN NACIDO no inscrito en el registro del estado civil dentro del término legal que son aproximadamente, 20 días.
Por qué RECIEN NACIDO?
Porque ha nacido VIVO, aún cuando no se exige que haya nacido viable. Es necesario que el recién nacido tenga VIDA CIERTA y, no una esperanza de vida, como ocurre en el caso del ABORTO.
El problema se presenta para establecer si configura o no ABORTO o INFANTICIDIO, la muerte del ser naciente. La ley exige que el homicidio se cometa en un RECIEN NACIDO que debe haber NACIDO VIVO, y no debe perpetrarse en una persona muerta, pues la existencia legal termina con la muerte.
2. ABANDONO: El sujeto activo es la persona que tiene bajo su guarda o su cuidado el abandonado. Se requiere que el abandonado esté bajo la guarda o cuidado del autor del delito.
El sujeto pasivo es el niño o la persona incapaz para proveer su propia salud por enfermedad mental o física.
Por enfermedad física se entiende desde una fiebre hasta la más grave y mental. se entiende desde la idiotez hasta la locura.
Una característica que agrava este delito es el hecho de que el abandonado se haya dejado en un lugar solitario. Además se requiere la intención de ABANDONAR, con el fin de liberarse de la guarda y de la custodia. En conclusión, es el sujeto incapaz de valerse por si mismo o incapaz de salvarse de un peligro que de pie a la punibilidad del hecho o de la imposibilidad de lograr auxilio de otra persona.
VICTORIA MORA

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