7/4/10 HORA VZLANA 4:20 PM., el INFANTICIDIO es un delito definido y autónomo y, que la existencia del elemento subjetivo requerido por la ley es uno de los autores o coautores  lo que es suficiente para determinar la aplicación de la fígura privilegiada.

                             El tercero en este delito responde por el homicidio simple, y se le niega al tercero la atenuante, fundándose en el hecho de considerar el infanticidio como caso de atenuante posible del homicidio y no como fígura autónoma.

                             En el delito de ABANDONO DE MENORES, el beneficio de la atenuación excluye a la persona que no tiene HONOR QUE SALVAR como el caso de la prostituta o la mujer que ha demostrado públicamente, o ha hecho patente y notorio su preñez ilegítima o, la que haya sido deshonrada o fecundada en otras oportunidades.

                                                                                victoriamora